Semanario El Pionero

Expresión de Mexicali y su Valle

Retraso en la regulación de las concesiones de agua, riesgo para productores


La situación del campo antes y después de la reforma a la Ley de Aguas Nacionales, es muy similar, sin embargo, algunas transacciones se regularán de manera diferente

Por Orfalinda Hinojosa Elizalde

Las modificaciones aprobadas en la Ley de Aguas Nacionales, no atienden todos los riesgos de los productores agropecuarios y pescadores, así como a quienes se dedican al sector inmobiliario e industrial, sin embargo, lo más importante son los retrasos en las resoluciones de las autoridades para regular las concesiones de agua, declaró el socio y director de GSG Abogados y Consultores de Negocios, Germán Gómez Carothers.

“El aspecto más importante y preocupante, es que por muchos años se han tenido retrasos en las resoluciones por parte de las autoridades, además de mal asesoramiento de las empresas que veían solo como una gestión o trámite el cumplimiento de las obligaciones, cuando la relación de una concesión de aguas nacionales, es un esquema complejo que implica obligaciones y derechos que tampoco se ejercen por parte de los concesionarios”, indicó.

Germán Gómez Carothers, socio y director de GSG Abogados y Consultores de Negocios.

En cuanto a los riesgos, subrayó que son resultado de la gran diversidad de incumplimientos en los usos que se la ha dado al agua, “variaciones en el uso de las concesiones, a las aguas, la renta de las concesiones, venta de pipas.  Era común que una persona física tuviera la concesión y una moral es quien explota de verdad la concesión, o que no tienen los registros y medidores en regla”.

Gómez Carothers señaló que la situación del campo antes y después de la reforma a la Ley de Aguas Nacionales, es muy similar, sin embargo, algunas transacciones se regularán de manera diferente.

“Se prohíben las transmisiones, con excepción a las que van en conjunto tierra y agua, se prohíben las transmisiones exceptuando las que tienen un proceso sucesorio, o de fusión de empresas, se prohíben los cambios de uso y se regulan las concesiones, es decir, ya no se pueden transmitir entre particulares, sino que debe regresar al Estado, es decir al Gobierno y es él quien reasigna.  Algo que queda muy claro con esta Ley, es la administración diferente el agua, implica que se recuperen lo volúmenes concesionados, con esto, es muy importante que se protejan las concesiones, se asesoren adecuadamente y evitar que pierdan las concesiones o sean revocadas por incumplimiento”, destacó.

Sobre el temor de los productores de perder las concesiones de no sembrar dos años seguidos, el también consultor, expresó que esta idea es real, sin embargo, la Ley ya contemplaba esta situación, “la Ley de Aguas Nacionales, ya contemplaba la extinción de las concesiones por caducidad, quien no usaba la totalidad del volumen, la podía perder cada dos años, a no ser que pagara la cuota de garantía correspondiente, que era pagar una cantidad incluso superior, a la que hubiera pagado si hubiera consumido el agua en ese periodo.  Esa opción se conserva, pero se limita a dos ocasiones y debidamente justificada, pero no está precisa en la Ley en qué consiste y por eso es muy importante que, ante cualquier trámite, presentar fundamentos jurídicos y motivaciones razonadas para proteger los volúmenes de las concesiones”, manifestó.