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¿Qué esperan los ciudadanos de la zona rural del próximo gobierno estatal, presidentes municipales y legisladores?

Por Reynaldo Magaña*

Nuevamente se genera una gran expectativa en los ciudadanos de Baja California; desde luego acompañada de gran incertidumbre. Pusieron su esperanza en el gobierno actual, pretendiendo mejorar las condiciones de vida prevalecientes hasta hace poco más de dos años. 

La evaluación gubernamental hoy es compleja. Los electores siguen aún confiando en el presidente López Obrador, pero no entienden por qué los resultados no han llegado a los bolsillos de los ciudadanos, algo pasa.

Resolver la problemática rural en dos vertientes es de la mayor importancia para el Estado de Baja California; una de las primeras acciones es la regularización de las zonas urbanas ejidales, considerando que el programa de certificación de derechos ejidales y titulación de solares urbanos, oficialmente concluyó hace quince años.

Rgularizar e incorporar las parcelas y los solares urbano-rurales al padrón predial de los municipios, permitiría ampliar la base contribuyente y atender eficazmente la demanda de infraestructura urbana, planear el crecimiento sentando las bases para un desarrollo armónico en el mediano y largo plazo, prevenir y resolver la inseguridad jurídica y presentar a los ciudadanos un Gobierno de utilidad.

Por otra parte, en el rubro de la producción y el ingreso, de parte del gobierno se tiene la obligación constitucional de contribuir al desarrollo rural de una manera integral, involucrándose en todas las etapas del proceso productivo y no como hasta ahora, que solamente participa en algunas de dichas etapas o como simple espectador. 

El texto constitucional en la fracción XX del artículo 27 dice: …” El Estado promoverá las condiciones para el desarrollo rural integral, con el propósito de generar empleo y garantizar a la población campesina el bienestar y su participación e incorporación en el desarrollo y fomentará la actividad agropecuaria y forestal para el óptimo uso de la tierra, con obras de infraestructura, insumos, créditos, servicios de capacitación y asistencia técnica. 

Así mismo expedirá la legislación reglamentaria para planear y organizar la producción agropecuaria, su industrialización y comercialización, considerándolas de interés público”…

Es importante destacar la mención del último párrafo de la cita constitucional, la que establece el imperativo para el gobierno de participar activamente en la planeación y organización de la producción agropecuaria y además involucrarse en la industrialización y comercialización. Lo más trascendente es que lo anterior se declara de interés público.

Por otra parte, la ley reglamentaria (agraria) en los artículos tercero y sexto indica: “El Ejecutivo Federal promoverá la coordinación de acciones con los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios, en el ámbito de sus correspondientes atribuciones, para la debida aplicación de esta ley”.

Esta disposición cobra importancia, porque las entidades federativas son quienes en primer término tienen contacto con los problemas rurales en sus respectivas jurisdicciones, y son quienes resienten con mayor intensidad las políticas centrales en esta materia.

El otro artículo, el sexto, dice: “Las dependencias y entidades competentes de la administración pública federal buscarán establecer las condiciones para canalizar recursos de inversión y crediticios que permitan la capitalización del campo; fomentar la conjunción de predios y parcelas en unidades productivas; propiciar todo tipo de asociaciones con fines productivos entre ejidatarios, comuneros y pequeños propietarios y cualquiera de éstos entre sí; promover la investigación científica y técnica y la transferencia de sus resultados entre todos los productores rurales; apoyar la capacitación, organización y asociación de los productores para incrementar la productividad y mejorar la producción, la transformación y la comercialización; asesorar a los trabajadores rurales; y llevar a cabo las acciones que propicien el desarrollo social y regionalmente equilibrado del sector rural”.

Aún cuando en la regulación de las actividades productivas en el medio rural inciden disposiciones de orden federal, estatal y municipal, el marco legal por excelencia para la formulación y ejecución de la política de desarrollo integral del campo, es la Ley de Planeación.

De todo lo anterior se destacan dos acciones fundamentales, regularización de predios rurales, particularmente solares (lotes) en zonas urbanas ejidales y por otra parte, el desarrollo agropecuario, pero no solamente con ideas y programas desvinculados de la planeación, sino atendiéndolo con estricto apego el indicativo constitucional. 

El discurso de los candidatos debe centrarse en este sentido y sobre todo, exponer cómo habrán de ejecutar estas acciones, de resultar favorecidos con el voto de los bajacalifornianos. Los funcionarios son pasajeros, los campesinos siempre estarán ahí.

*El autor es Jurista y promotor de economía solidaria

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