Semanario El Pionero

Expresión de Mexicali y su Valle

Rechaza la senadora Nancy Sánchez responsabilidad en multa del INE al PRI

Aclara que entregó dirigencia en octubre de 2015 y hasta diciembre el INE prohibió aportaciones por descuentos vía nómina

Antonio Heras / Lindero Norte

MEXICALI.- En un comunicado, la senadora Nancy Sánchez Arredondo rechazó cualquier responsabilidad de la multa impuesta al Partido Revolucionario Institucional por la fiscalización del Instituto Nacional Electoral y los calificó infundados ya que la prohibición de aportaciones vía descuentos de nómina a trabajadores se incorporó hasta diciembre de 2015.

En sesión del Consejo General, el INE confirmó que «los descuentos de nómina a trabajadores del gobierno local fueron destinados al PRI Baja California en 2015 de forma indebida».

Por esas irregularidades, los consejeros electorales determinaron imponer una multa de 1 millón 200 mil pesos al PRI.

Sánchez Arredondo justificó los «señalamientos infundados» porque el 23 de octubre de 2015 entregó la presidencia estatal del PRI a Chris López.

Explicó que en esa fecha estaba vigente el artículo 104 del Reglamento de Fiscalización del INE, que textualmente señalaba: “Las aportaciones que realicen los militantes o simpatizantes deberán ser de forma individual y de manera directa al órgano responsable del partido y en las cuentas aperturadas exclusivamente para estos recursos” y fue hasta el 16 de diciembre, dos meses después de la separación de su cargo, que se adicionó que «en ningún caso se podrán realizar aportaciones de militantes o simpatizantes a través de descuentos vía nómina a trabajadores», con base en el acuerdo INE/CG1047/2015.

Es importante hacer hincapié en que esta prohibición entró en vigor el 17 de diciembre de 2015, un día después de ser aprobada por votación unánime del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, enfatiza en el comunicado enviado a algunos medios de comunicación.

«Esto significa que las aportaciones de militantes por parte de órganos del estado a partidos políticos, no estaban señaladas como prohibidas en el Reglamento de Fiscalización del INE antes de 17 de diciembre de 2015» precisó la senadora de Morena.

Ponderó la jurisprudencia sobre el alcance del principio de irretroactividad tutelado en el artículo 217 de la Ley de Amparo, que establece que «a ninguna ley se le dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna»

La legisladora advierte que la posible violación a la normatividad de fiscalización, «de la que sin fundamento alguno se me hace responsable, carece de sustento», toda vez que las retenciones efectuadas a empleados de gobierno y entregadas al Partido Revolucionario Institucional, no eran contrarias a las normas de fiscalización, las cuales prohibieron este acto hasta finales de 2015.