Semanario El Pionero

Expresión de Mexicali y su Valle

Claudia Sheinbaum desaparecerá el AIR

Por Irene Levy*

Es una propuesta de la candidata de Morena que ha pasado desapercibida y es grave, muy grave. Le cuento. Actualmente, el proceso de emisión de regulación del Poder Ejecutivo —y otros sujetos obligados— debe pasar por un Análisis de Impacto Regulatorio (AIR), que es una herramienta que tiene por objeto garantizar que los beneficios de las regulaciones sean superiores a sus costos y que éstas representen la mejor alternativa para atender una problemática específica, evitar la duplicidad y la discrecionalidad en el establecimiento de trámites.

Los procesos de transparencia regulatoria forman parte de las mejores prácticas internacionales, fuertemente recomendadas por la OCDE, que comenzaron en México en el 2000. La idea es dar certidumbre a los particulares y permitir su participación en el proceso regulatorio; nadie quiere amanecer sorpresivamente con una nueva regulación publicada en el Diario Oficial que cambie el desarrollo de una actividad o industria.

Pero, al parecer, a Claudia le estorban los procesos que contribuyen a la transparencia, certidumbre y predictibilidad de los regulados, alejan los abusos regulatorios y la discrecionalidad. Es así como en el documento base de su campaña para la presidencia ‘100 Pasos para la Transformación’ plantea que buscará expedir una nueva Ley General de Simplificación y Digitalización, y en ella exceptuará del proceso de AIR lo siguiente:

1. Normativa que emita la persona titular del Poder Ejecutivo;

2. Normativa que se emita en materia de seguridad pública, fiscal, responsabilidades administrativas, Ministerio Público, Defensa Nacional, Marina y en materia de servicios vitales;

3. Regulaciones que se emitan con motivo de una emergencia;

4. Aquellas que establezcan actos de voluntad imperativa del Estado, como decretos expropiatorios y de utilidad pública;

5. Las emitidas con motivo de procedimientos de adquisiciones y contratación de obra pública, y

6. Aquellas que establezcan una situación jurídica concreta en la esfera jurídica de un particular o un grupo determinado.

Independientemente de mostrar desconocimiento, ya que algunos de estos actos no están ahora sujetos al AIR, esta propuesta nos dibuja qué tipo de Presidencia tendremos, de llegar ella; además, la única justificación que incluye en su documento es “evitar que —el AIR— se convierta en un obstáculo en áreas estratégicas del desarrollo nacional”. Esto es absurdo, pues nada ni nadie le impide regular las áreas estratégicas; el candado es más bien para evitar el abuso y la discrecionalidad. Esto es violatorio del artículo 25 de la Constitución e incumple el capítulo 28 del T-MEC, sobre buenas prácticas regulatorias. ¿Por qué excluir del AIR toda la regulación de la Presidencia, lo que ella considere emergencia, más todo lo relacionado con “servicios vitales”? Más allá de las cuestiones legales, es una muy mala señal que, de cara al futuro, se intente retroceder en prácticas de transparencia y rendición de cuentas. ¡Vaya, esto es un comodín a la discrecionalidad!

*Abogada, presidenta de Observatel y comentarista de Radio Educación

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