Transformar la Sedatu
Por Reynaldo Magaña*
La secretaría de desarrollo agrario, territorial y urbano, actual dependencia del gobierno federal, es el antecedente de la secretaría de la reforma agraria y esta a su vez fue la trasformación del DAAC (Departamento de asuntos agrarios y colonización), oficinas del gobierno central de México, encargadas de la totalidad de los asuntos relacionados con el sector agrario, propiamente los ejidos, la regulación de la pequeña propiedad y los terrenos nacionales.
Sus antecedentes devienen de la posrevolución, donde fue necesario administrar el reparto agrario, como premio a la lucha armada de los campesinos. Se crearon los ejidos y fue necesario también, crear un órgano de administración de justicia agraria, dependiente del ejecutivo federal, que garantizara eficazmente la justicia.
Ello porque los jueces de la época porfiriana estaban en manos de los hacendados y poderosos, en perjuicio de los pueblos originarios, dueños de la tierra, a quienes con frecuencia se les despojaba de sus propiedades.
El ejemplo clásico es lo ocurrido en Anenecuilco, Morelos, la tierra de Zapata, origen del levantamiento armado en el sur de México, precisamente motivado por el abuso que sufrieron los campesinos al negárseles la justicia en defensa de sus tierras.
Cualquier tribunal de justicia en México, atendiendo la división de poderes consagrada en la carta magna, debe ubicarse en el poder judicial, sin embargo, en este caso por los antecedentes aquí anotados, al crearse una dependencia del gobierno encargada de los asuntos agrarios, se instituyó también ahí la administración de justicia agraria, en tanto se lograba transparentarla, haciéndola especializada, pronta y expedita.
Para todo ello se creó el Departamento de Asuntos Agrarios y Colonización y en su interior una estructura piramidal de justicia ejidal, denominada Cuerpo Consultivo Agrario, en la cúspide administrativa; Comisiones Agrarias Mixtas en los Estados, haciendo las veces de Tribunales locales y en la parte media, las Salas Regionales.
Al poco tiempo, estos órganos de justicia campesina, se corrompieron, haciendo nugatoria la tan esperada justicia agraria. Posteriormente, en la década de los setenta el departamento de asuntos agrarios, se convirtió en Secretaría de la Reforma Agraria, dinamizando su actividad e impulsando el reparto agrario, fortaleciendo también su estructura administrativa.
A principios de mil novecientos noventa y dos, un golpe de timón cambió el rumbo del régimen ejidal, promulgándose la actual Ley Agraria, a fin de adecuar el marco jurídico del país, para alinearlo a la dinámica mundial de apertura de mercados, con el Tlcan.
La Secretaría de la Reforma Agraria continuó como cabeza del sector agrario, aun cuando sus funciones fueron prácticamente eliminadas en la nueva Ley, la justicia agraria fue encomendada a los actuales Tribunales Agrarios, la organización agraria y la defensa campesina se encargó a la Procuraduría Agraria, la custodia y acervo registral de todos los actos y documentos agrarios, al Registro Agrario Nacional, y a la Secretaría de la Reforma Agraria, solamente lo relativo a terrenos nacionales; muy poco para tanta carga administrativa, sin embargo, seguía y sigue siendo la cabeza del sector (hoy Sedatu): mucho personal y prácticamente nada de funciones. Muy mal no haberla desaparecido.
La siguiente etapa se dio en el pasado reciente, con la alternancia en la presidencia de la República, en el año dos mil, con FOX; en ese sexenio y el siguiente, los presidentes no tomaron la decisión de desaparecerla, ni tampoco Peña Nieto; en cambio, le agregaron funciones que no corresponden a su esencia, ni a su propósito fundamental: Ahora atiende el desarrollo territorial y urbano, sesgando totalmente sus funciones, pero reiterando la decisión inútil de sostenerla como cabeza de sector y negando en cambio fortalecer las otras dependencias, las nuevas en el sector agrario, Procuraduría Agraria, Tribunales y Registro Agrario Nacional.
Resultan un absurdo las funciones de la actual Sedatu, con dos programas, el de reconstrucción de vivienda, por los sismos de la ciudad de México y el Programa emergente de mejoramiento urbano (PEMU), en ciudades con marginación y delincuencia.
El cuestionamiento entonces sería, por qué seguir como cabeza del sector agrario, sin que sus funciones en esta materia sean lo principal, sino solamente mucho menos que secundario: los terrenos nacionales y colonias agropecuarias; que, por cierto, estas últimas están en el limbo jurídico a punto de desaparecer.
Grave que, por el contrario, a las dependencias especialmente dirigidas a los ejidatarios, que son los propietarios del cincuenta y dos por ciento del territorio nacional, se les haya reducido sustancialmente el presupuesto, a punto tal que prácticamente no pueden operar, a saber, Procuraduría Agraria, Tribunales y Registro Agrario Nacional.
Las funciones agrarias de la Sedatu deben transferirse a la Procuraduría Agraria y al Registro Agrario Nacional. Los campesinos lo merecen, si no, al tiempo…
*El autor es especialista en derecho agrario y promotor de economía solidaria
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