Semanario El Pionero

Expresión de Mexicali y su Valle

Incertidumbre sobre la reducción del IVA

MEXICALI. – La Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) considera que el Decreto de Estímulos Fiscales para esta región fronteriza, dado a conocer por el Presidente Andrés Manuel López Obrador, es una política de desarrollo acertada y disruptiva.  Los empresarios de Mexicali resaltamos los beneficios que este decreto intenta traer a la región, los cuales se suman al incremento en el salario mínimo y la reducción de combustibles en la frontera, los cuales en su conjunto mejorarán la competitividad de las empresas mexicalenses y el bienestar de sus socios y colaboradores.

Es importante recordar que, en el 2014, Coparmex organizó a miles de ciudadanos que promovieron un juicio de amparo contra el incremento del IVA al 16%. En ese sentido, reconocemos el Gobierno de la República emita un decreto que coloque a la región fronteriza Norte con impuestos competitivos con los Estados Unidos.

Al día de hoy, 3 de enero del 2019, todavía no es posible que una empresa facture con el 8% de IVA (excluyendo transacciones donde no se factura). El decreto presidencial se publicó el 31 de diciembre del 2018, y las reglas y sistemas para su implementación aún no han sido dadas a conocer por el mismo gobierno federal; mientras tanto, las empresas estamos en espera para poder aplicar este estímulo a nuestros clientes.  Se espera que dichas reglas sean comunicadas el próximo lunes 7 de enero, momento en cual las empresas podremos conocer cómo facturar con el 8%.

Existen riesgos importantes que quedan por resolver para una exitosa aplicación del IVA al 8%. Por ejemplo, los comercios fronterizos que compran insumos con IVA al 16% tendrán que solicitar cada mes una devolución de IVA a favor, proceso que históricamente tarda de 2 a 6 meses. Esta demora en los procesos del gobierno federal se traduce en una carga crónica al flujo de efectivo de un negocio, causando presiones innecesarias al comerciante que a veces llegan a ser imposibles de soportar.

Mexicali y BC compiten día a día contra la economía de Estados Unidos, por lo que, si este decreto es aplicado correctamente, se impulsará la inversión y crecimiento económico en beneficio de toda la comunidad de Mexicali.

El decreto se resume de la 

siguiente manera:

1) Estímulo de reducción del IVA del 16% al 8%

* Este estímulo beneficiará a los consumidores finales

* Es un estímulo amplio que beneficiará a todos los consumidores, no a unos cuantos como erróneamente han informado algunas organizaciones políticas

* Este IVA reducido se aplicará a la enajenación de bienes, prestación de servicios y uso o goce temporal de bienes

* No es aplicable a la importación

* Los bienes deben ser enajenados y entregados en la región fronteriza, y los servicios deben ser prestados en la misma región fronteriza

* Las empresas deben presentar un aviso de adhesión a más tardar el 31 de enero

1) Estímulo de reducción del ISR del 30% al 20%

* Este estímulo aplica a personas morales y personas físicas con actividad empresarial; no aplica para personas físicas

* Aplicable a los contribuyentes que tengan al menos 90% de sus ingresos en la región fronteriza norte.

* Hay supuestos específicos de residentes fuera de la zona fronteriza con sucursales dentro de la frontera norte, así como residentes de la frontera con sucursales fuera de la región fronteriza. En estos casos solamente se tendrá el beneficio de manera proporcional.

* Debe presentarse una solicitud de autorización a más tardar el 31 de marzo y la autoridad fiscal tendrá un mes para resolverla.

2) Aspectos importantes:

* Hay limitantes sobre quienes pueden obtener el beneficio, así como requisitos que deben cumplirse para acceder a ellos.

* La adhesión al estímulo del IVA del 8% es opcional y no es obligatoria para las empresas

* Esperamos que el 7 de enero se publiquen las reglas para la correcta adhesión y aplicación del decreto, principalmente en materia de CFDIs con el IVA al 8%, los cuales en esta fecha no pueden “timbrarse”.

* La aplicación anticipada de la tasa al 8% de IVA en actos y actividades con sus clientes o con el público en general, se hará bajo criterio propio ya que a la fecha no se tienen las reglas de operación, respecto al cumplimiento de los requisitos establecidos en el decreto, en tanto no se publiquen las reglas correspondientes.

Este decreto tendrá vigencia durante 2019 y 2020.

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